No debo difamar en Twitter, no debo difamar en Twitter, no debo difamar en Twitter…
Como el texto de la sentencia supera con creces los 140 caracteres permitidos, Pineda deberá usar una herramienta que aumente el número total de caracteres publicables en un tuit.
La idea no se le ha ocurrido al juez de la Primera Instancia de Sevilla, sino que ha aceptado los cinco puntos que el abogado pidió. El único punto que el Juzgado de Primera instancia ha cambiado fue rebajar la indemnización 30.000 euros, que solicitaba la acusación, hasta los 4.000. Sin embargo la respuesta de Luis Pineda no se hizo esperar mucho:
La historia viene de atrás. En octubre de 2013, el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez, demandó al presidente de Ausbanc, Luis Pineda, por organizar una campaña difamatoria en su contra. Sánchez recopiló muchos de los tuits ofensivos que el empresario llevaba publicando desde hacía años y los presentó bajo el título “Retratos de una obsesión”.
La reputación de Luis Pineda ya estaba en entredicho desde que varias asociaciones de usuarios acusaron a Ausbanc de ser un negocio lucrativo y no una Asociación de Usuarios de Banca, como afirmaba su presidente, llegando a ser eliminada del registro de organizaciones de consumidores en 2005.
Esperamos que este tipo de sentencias sirvan para que las redes sociales sean lugares en los que compartir toda clase de información, y no como plataformas para atacar a otras personas.
Mientras tanto recuerda: No debo difamar en Twitter, no debo difamar en Twitter, no debo difamar en Twitter…
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